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23 familias nazarenas se beneficiarán de las ayudas a la rehabilitación que concede la Consejería de Fomento

La Consejería de Fomento y Vivienda ha culminado en Sevilla la tramitación de la convocatoria de 2017 de ayudas para la rehabilitación de edificios residenciales, con la concesión de 2,69 millones de euros a 1.216 familias residentes en 77 comunidades de vecinos de siete municipios de la provincia. De todas ellas, en Dos Hermanas se han visto beneficiadas 23 familias, que recibirán una subvención de 55.770 euros.



De las 77 subvenciones resueltas, 73 corresponden a actuaciones de accesibilidad, concretamente a la instalación de ascensores. El delegado territorial de Fomento y Vivienda, Jesús María Sánchez, ha asegurado que “con esta línea de subvención contribuimos de forma importante a mejorar la calidad de vida de las familias que viven en estos pisos, facilitando su accesibilidad y movilidad, lo que constituyen uno de los ejes fundamentales de la actuación de la Junta en materia de vivienda”.

En concreto, las ayudas aprobadas en Sevilla suponen la ejecución de obras por importe de 5,7 millones de euros y permiten a las familias perceptoras acometer la mejora y rehabilitación de sus edificios y hacer más dignas sus condiciones de vida. Los municipios que se benefician de estos incentivos son la capital, con 61 subvenciones resueltas (59 para la instalación de ascensores), que beneficiarán a 925 familias, con un importe de 2,27 millones de euros en ayudas; Camas, con 147 familias y 218.000 euros en ayudas; San Juan de Aznalfarache, con 58 unidades familiares y 65.890 euros de subvención para afrontar una inversión total de 143.740 euros; La Algaba, con 40 familias y 48.690 euros en ayudas; Dos Hermanas, con 23 unidades familiares y 55.770 euros de subvención; Castilleja de la Cuesta, con 13 familias y una ayuda de 25.100 euros y, por último, Alcalá de Guadaíra, con diez viviendas y 4.410 euros.

Esta línea de ayudas establece como beneficiarias las comunidades de propietarios de viviendas en las que, al menos, la mitad de los propietarios de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM. La cuantía máxima de la subvención por edificio será el 35% del coste subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que incluyan ajustes razonables en materia de accesibilidad, y sólo en la partida correspondiente a la misma, se podrá alcanzar el 50% del coste.

Como actuaciones subvencionables para la mejora de la calidad y sostenibilidad en los edificios se incluyen las obras para la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración y ventilación, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes; la instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables (energía solar, biomasa o geotermia), la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación, la instalación de reductores de agua, así como el acondicionamiento de instalaciones para la separación de los residuos domésticos en el interior de los domicilios y en los espacios comunes de las edificaciones.

Actuaciones para mejorar la accesibilidad

En cuanto a las actuaciones subvencionables en materia de accesibilidad, se incluyen la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares, la colocación de avisos mediante señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.

Los edificios objeto de las actuaciones, que deben contar con el Informe de Evaluación del Edificio cumplimentado y suscrito por técnico competente, con fecha anterior a la solicitud de la ayuda, no pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación o en situación de asimilación a la fuera de ordenación, su construcción debe haberse finalizado antes de 1981 y tendrán presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de las actuaciones. Además, al menos un 70 % de sus viviendas han de estar ocupadas y constituir el domicilio habitual de sus residentes.

Una vez obtenida la subvención, la comunidad de propietarios contará con un mes de plazo para solicitar la licencia de obras. El abono de las ayudas se realizará en dos pagos del 50%, uno al inicio tras la presentación de la licencia de las obras y otra al final, una vez entreguen el certificado final de obra. El periodo máximo para ejecutar las mejoras no podrá exceder de 16 meses, aunque dicho plazo podrá ampliarse excepcionalmente hasta 18 meses cuando se trate de obras que afecten a 40 o más viviendas.

DH DIARIO DIGITAL / REDACCIÓN
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