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La Audiencia ratifica la sentencia que condena a Luis Paniagua a indemnizar con 45.000 euros a Varela

Según informa Europa Press, la Audiencia de Sevilla ha desestimado íntegramente el recurso de apelación promovido por el concejal del PP de Dos Hermanas y expresidente de las Nuevas Generaciones de Andalucía, Luis Paniagua, contra la sentencia que le condena a indemnizar con 45.000 euros al excandidato de Cs a la Alcaldía nazarena, Manuel Varela, por una "agresión ilegítima contra el honor y la propia imagen" de este último.



En su sentencia, dictada el 3 de octubre y recogida por Europa Press, la Audiencia Provincial analiza el recurso de apelación del citado concejal del PP nazareno contra la sentencia del Juzgado mixto número tres de Dos Hermanas que le condena a indemnizar con 45.000 euros a Manuel Varela, quien allá por 2015 denunció un supuesto "chantaje" destinado a obligarle a renunciar a su candidatura a la Alcaldía de Dos Hermanas por Ciudadanos en las elecciones municipales de aquel año, bajo la amenaza de la difusión masiva de un vídeo con imágenes suyas consumiendo estupefacientes.

Su denuncia, recordémoslo, dio lugar a una causa judicial en la que fueron investigados el expresidente del PP de Dos Hermanas Manuel Alcocer; el ya expresidente de NNGG de Andalucía y edil popular en dicha ciudad Luis Paniagua; el concejal socialista Agustín Morón; el empresario y militante del PP Emilio Maya; el periodista local José Luis Olivares; Francisco Javier Romero como persona "interpuesta" en las citadas coacciones y el trabajador municipal Fernando Díaz Alcocer.

No obstante, a lo largo de la instrucción de la causa, el juez titular del Juzgado Mixto número siete de Dos Hermanas ha sobreseído las actuaciones respecto a varios acusados en el caso, entre ellos Paniagua, ordenando continuar la causa por el procedimiento del tribunal del jurado contra el expresidente del PP nazareno Manuel Alcocer, el periodista José Luis Olivares y Francisco Javier Romero.

En este contexto, Manuel Varela formuló en diciembre de 2016 una demanda de protección del derecho al honor contra Paniagua, exponiendo que el 16 de septiembre de aquel año, el citado dirigente del PP manifestó a los medios de comunicación que Varela "se llevó 12.000 euros del Ayuntamiento que no ha justificado", acusándole de ser "un mentiroso compulsivo" y un "cocainómano" que "llevaba diez años consumiendo" dicha sustancia.

Merced a la demanda de Varela, el Juzgado Mixto número tres de Dos Hermanas declaró que dichas declaraciones de Luis Paniagua "constituyen una intromisión y agresión ilegítima contra el honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen" de Varela, condenado así al edil del PP a indemnizarle con 45.000 euros, extremo recurrido por el concejal del PP ante la Audiencia Provincial.

Pero la Audiencia ha desestimado dicho recurso y ha ratificado íntegramente la sentencia condenatoria, pues la impugnación no contiene "ningún argumento asumible que justifique la revocación" de la condena. Y es que según la Audiencia, "el hecho de que el actor renunciara" a su candidatura a la Alcaldía de Dos Hermanas "no justifica en absoluto que se le imputara que sustrajo o se llevó ilegalmente 12.000 euros del Ayuntamiento" o se le tache de "cocainómano" tras denunciar el presunto chantaje al que fue sometido con la amenaza de difundir un vídeo con imágenes suyas consumiendo droga.

Ambas acusaciones "en el mismo contexto", según la sentencia de la Audiencia Provincial, "son gravemente perjudiciales para cualquier persona", pues de las mismas se desprendería la tesis de que Varela "sustraía ilegalmente dinero" del Ayuntamiento para sufragar la adquisición de droga, "cuando ha quedado perfectamente claro que dicha sustracción no se ha producido, sino que al parecer constituía un sobresueldo que le pagaba el partido, el PP en aquel momento, de la asignación que tenía concedida dicho grupo, en compensación del tiempo que dedicaba a su función pública como concejal", como argumenta la sentencia.

Es más, la Audiencia considera que tales acusaciones no son "manifestaciones objetivas dirigidas a poner de manifiesto una realidad personal de un cargo público", sino que estaban destinadas "claramente a hacer daño personal, como se evidencia en la unión en el mismo contexto de ambas afirmaciones".

Además, la Audiencia considera que la cuantía de 45.000 euros fijada respecto a la indemnización de Luis Paniagua a Varela, es "razonable y proporcional a la gravedad del ataque sufrido por el actor", lo que lleva a la Audiencia a desestimar el recurso de apelación y confirmar la sentencia condenatoria. La sentencia de la Audiencia, eso sí, es susceptible de recurso de casación.

REDACCIÓN / DHD DIGITAL
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