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El Gobierno indulta al propietario del bar 'El Coyote', condenado a cuatro años por contaminación acústica

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este lunes, día 2 de enero, el Real Decreto por el que indulta al propietario del bar' El Coyote', Gabriel B.P., ubicado en Dos Hermanas, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia emitida en marzo de 2012, a una pena de cuatro años y un día de prisión por un delito de contaminación acústica.

Rafael Catalá, ministro de Justicia.

Se da la circunstancia de que la encargada del bar 'El Coyote' de Dos Hermanas, Sara B., quien también fue condenada junto al propietario del establecimiento, Gabriel B.P., a cuatro años de cárcel por el “excesivo” volumen de la música que ponían a diario, fue ya indultada por el Gobierno central en diciembre de 2013.

En la sentencia de la Audiencia de Sevilla se consideraba probado que desde agosto de 2007 y hasta mayo de 2008 el propietario del bar 'El Coyote', ubicado en la Avenida de España, y la encargada del mismo, Sara B., ponían la música en el bar “a diario en horario nocturno y, en especial, durante las madrugadas de todos los fines de semana”.

El volumen “notoriamente excesivo” de la música ocasionó “ruidos intolerables” en el interior de las casas de algunos vecinos, pero a pesar de que los imputados “conocían las graves molestias” que “continuadamente” causaban a los vecinos, “quienes les mostraban sus quejas a causa del ruido nocturno procedente del bar”, éstos continuaron sin atender las demandas vecinales.

Además, en la sentencia se recogía que incluso el Ayuntamiento de Dos Hermanas abrió al bar un expediente sancionador una vez “comprobados los ruidos abusivos”, que llegó a que el 14 de diciembre de 2007 el Consistorio ordenara como medida provisional el precinto del foco emisor de ruidos, y ordenando la suspensión de la actividad del bar.

Según recoge el Real Decreto (757/2016, de 30 de diciembre) por el que se indulta ahora a Gabriel B. P. como autor de un delito contra el medio ambiente, en su modalidad de contaminación acústica, éste se aplica tras considerarse los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2016.

La pena a Gabriel B. P. se conmuta por otra de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador, y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

DH DIARIO DIGITAL / REDACCIÓN
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