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Nuevo revés judicial para Manuel Varela

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación presentado por Manuel Varela, el que fuera candidato a la alcaldía por Ciudadanos en las elecciones municipales de 2015 y anteriormente concejal del Partido Popular, contra la sentencia que dictó la Audiencia Provincial de Sevilla en noviembre de 2020. Confirma la sentencia en todos sus términos, que daba la razón a Agustín Morón, portavoz del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Dos Hermanas, imponía las costas a Varela y perdía el depósito constituido para recurrir.  




 

Este recurso ha sido presentado por Manuel Varela, asistido por el abogado Enrique Varela, ante la sentencia emitida por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla, que absolvía a Agustín Morón, representado por Manuel Serrano, de todos los pedimentos formulados en su contra.

 

Los motivos, según dicta la sentencia emitida por el Tribunal Supremo, para su desestimación son, en primer lugar, que “El hecho no lo divulga Agustín Morón, sino que sale a la luz por la moción de censura planteada por la oposición”. Por otra parte, Manuel Varela “era político, aunque el demandante no estuviera en activo como concejal, si bien lo fue y candidato a la Alcaldía”. Además, Agustín Morón “actuó en su propia defensa, ante la moción de censura”. Por último, Morón “no fue acusado ni juzgado, por tanto, por la extorsión consistente en la difusión del vídeo, para evitar la presentación de Manuel Varela a la alcaldía”.

 

El Supremo dice que “Agustín Morón no propició la difusión del objeto de la investigación penal, sino que lo hicieron los legítimos promotores de la moción de censura, limitándose el demandado a manifestar que el actor era consumidor de cocaína, lo cual este había reconocido y que por esa ingesta se le podía considerar un mentiroso”.

Es por ello que la decisión ha sido “desestimar el recurso de casación interpuesto por Manuel Varela, contra sentencia de fecha 26 de noviembre de 2020 de la Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Sevilla”, “confirmar la sentencia recurrida en todos sus términos” y, por último “procede imposición en las costas del recurso de casación al recurrente y la pérdida del depósito constituido para recurrir”.

 

Recordar que el origen del caso es la demanda al honor que puso Varela contra Morón por una intervención en un Pleno del Ayuntamiento, por el que le pedía 90.000 euros de indemnización. El Juzgado de Primera Instancia de Dos Hermanas le dio la razón y condenaba al pago de 60.000 euros, más las costas y publicación de la sentencia en los periódicos. Morón recurrió a la Audiencia y ésta le dio la razón, le declaró absuelto y condenaron a Varela a pagar las costas. Ahora el Supremo reafirma la sentencia. Revés para Varela, tanto por el pago que tendrá que realizar como por la imagen, por cuanto las sentencias de la Audiencia y del Supremo consideran como hechos probados el consumo de cocaína por Varela, si bien éste podrá acudir al Constitucional.

REDACCIÓN / DHD DIGITAL
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